Matricula

Posgrado Categorizado B por la CONEAU

El Reglamento de Posgrado establece que:

16°.- Los alumnos del Doctorado en Enseñanza de las Ciencias de la Facultad de Ciencias Exactas deberán renovar anualmente su matrícula en dicha carrera. El plazo límite es el 31-07 de cada año calendario (RCA 340/18). (Los estudiantes que no cumplan este requisto no podrán presentar informes ni solicitudes a la CPEC)

17°.- El aspirante al grado de Doctor que al cabo de cinco (5) años de la fecha de inscripción no haya completado los requisitos establecidos en el Artículo 23º del presente Reglamento, podrá solicitar una extensión a su inscripción por un período de hasta dos años como máximo. Trascurrido este período perderá la condición de inscripto y podrá solicitar su reinscripción, por única vez, al HCA por intermedio de la CPEC.

18°.- Todo cambio que se produzca en el plan de actividades o en el Plan de Tesis, requerirá una reevaluación, a cargo de la CPEC.

ARANCELES FIJADOS POR RCA 349/2

Modelo de carta para solicitar prórrogas establecidas en el Art. 17

Es condición estar matriculado anualmente y haber presentado todos los informes reglamentarios.